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Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Artículo 88. Cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley y en la legislación autonómica.

Artículo 88. Cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley y en la legislación autonómica.

El abono por parte del responsable de las multas impuestas como consecuencia de una sanción establecida en esta ley y la legislación autonómica correspondiente, no eximirá del cumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa en materia de discapacidad que sea de aplicación.

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