Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Artículo 99. Normativa de aplicación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de diciembre de 2013 y la del 2 de abril de 2022.
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Artículo 99. Normativa de aplicación.
Las infracciones y sanciones en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado, Estado se regirán por el procedimiento sancionador previsto lo dispuesto en el Título IX capítulo III, del título preliminar de la Ley 30/1992, 40/2015, de 26 1 de noviembre, octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; en el título IV de las Administraciones Públicas y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, Común de las Administraciones Públicas, y en su normativa de desarrollo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de abril de 2022 En vigor | BOE-A-2022-5140 | Leer | Qué cambió |
| 4 de diciembre de 2013 | Texto original | Leer |


