Legislación › Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
Artículo 6. Principio de eficacia de las actuaciones de las autoridades competentes en todo el territorio nacional.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de diciembre de 2013 y la del 24 de octubre de 2017.
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Artículo 6. Principio de eficacia de las actuaciones de las autoridades competentes en todo el territorio nacional.
Los actos, disposiciones y medios de intervención de las autoridades competentes relacionados con el libre acceso y ejercicio de la actividad económica tendrán eficacia en todo el territorio nacional, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo V de esta Ley. (Anulado).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de octubre de 2017 En vigor | BOE-A-2017-12202 | Leer | Qué cambió |
| 11 de diciembre de 2013 | Texto original | Leer |


