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Legislación › Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.

Artículo 6. Principio de eficacia de las actuaciones de las autoridades competentes en todo el territorio nacional.

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Artículo 6. Principio de eficacia de las actuaciones de las autoridades competentes en todo el territorio nacional.
Los actos, disposiciones y medios de intervención de las autoridades competentes relacionados con el libre acceso y ejercicio de la actividad económica tendrán eficacia en todo el territorio nacional, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo V de esta Ley. (Anulado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de octubre de 2017 En vigor BOE-A-2017-12202 Leer Qué cambió
11 de diciembre de 2013 Texto original Leer

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