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Legislación › Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Artículo 32. Publicidad de la adopción o aprobación del plan o programa.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de diciembre de 2013 y la del 1 de enero de 2021. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 32. Publicidad de la adopción o aprobación del plan o programa.
En el plazo de quince diez días hábiles desde la aprobación del plan o programa, el órgano sustantivo remitirá para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente la siguiente documentación:
a) La resolución por la que se adopta o aprueba el plan o programa aprobado, y una referencia a la dirección electrónica en la que el órgano sustantivo pondrá a disposición del público el contenido íntegro de dicho plan o programa.
b) Una referencia al «Boletín “Boletín Oficial del Estado» Estado” o diario oficial correspondiente en el que se ha publicado el informe ambiental estratégico.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2020-17340 Leer Qué cambió
12 de diciembre de 2013 Texto original Leer

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