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Legislación › Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Disposición final novena. Autorización de desarrollo.

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Disposición final novena. Autorización de desarrollo.
1. En el ámbito de competencias del Estado y para los procedimientos de evaluación ambiental estratégica y de evaluación de impacto ambiental en los que sea competente la Administración General del Estado, el Gobierno dictará cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo establecido en esta ley.
2. Asimismo, se autoriza al Gobierno a adaptar para modificar los anexos con el fin de adaptarlos a las modificaciones que, en su caso, sean introducidas por la normativa comunitaria. vigente, a la evolución científica y técnica, y a lo que dispongan las normas internacionales y el Derecho de la Unión Europea.
3. También se autoriza al Gobierno para actualizar el anexo VI, en aquellos aspectos de carácter técnico o de naturaleza coyuntural y cambiante, con el fin de adaptarlo al progreso técnico, científico y económico.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de diciembre de 2018 En vigor BOE-A-2018-16674 Leer Qué cambió
12 de diciembre de 2013 Texto original Leer

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