Legislación › Resolución de 10 de diciembre de 2013, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 28 de noviembre de 2013, sobre la instrucción general relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico.
V
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2014 y la del 22 de diciembre de 2015.
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V. Plazo y modo de remisión de las relaciones certificadas, del extracto del expediente e incidencias
V.a) Las relaciones certificadas deberán enviarse al Tribunal de Cuentas antes de que concluya el mes de febrero del ejercicio siguiente al que se refiera.
El extracto de los expedientes deberá remitirse en el plazo de tres meses desde la fecha de formalización del contrato y, en igual plazo contado desde que se produzca el hecho correspondiente, deberán comunicarse las modificaciones, prórrogas o variaciones de plazos, las variaciones de precio y el importe final, la nulidad y la extinción normal o anormal de los referidos contratos.
V.b) Las relaciones anuales, así como los extractos de los expedientes y cuantas comunicaciones y documentos deban enviarse al Tribunal se remitirán por procedimiento telemático a través de la Plataforma de Contratación y en la forma establecida en la misma.
Para su admisión, todos los documentos deberán estar firmados electrónicamente, de conformidad con lo establecido en la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Las relaciones anuales mediante firma electrónica reconocida y los demás documentos y comunicaciones públicos, mediante firma electrónica consistente en la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de diciembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-14288 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | Texto original | Leer |


