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Legislación › Ley 7/2013, de 25 de noviembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 5. Competencia.

Artículo 5. Competencia.

La Consejería competente en materia de energía tramitará y resolverá las solicitudes que se presenten al amparo de lo dispuesto en la presente Ley, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos de las Administraciones Públicas.

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