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Legislación › Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936.

Artículo 20. Ejercicio de la potestad sancionadora.

Artículo 20. Ejercicio de la potestad sancionadora.

1. El ejercicio de la potestad sancionadora corresponderá a la Administración de la Comunidad Foral sobre cualquier persona física o jurídica por la comisión de las infracciones administrativas tipificadas en el presente título.

2. Serán sancionadas por hechos constitutivos de infracción las personas físicas o jurídicas que resulten responsables de los mismos.

Se añade por el art. único.2 de la Ley Foral 16/2018, de 27 de junio. BOE-A-2018-10583

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