Legislación › Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.
Disposición final quinta. Carácter ordinario de determinadas disposiciones.
Disposición final quinta. Carácter ordinario de determinadas disposiciones.
La disposición adicional segunda. Medidas de apoyo al Acontecimiento de Excepcional Interés Público "Campeonato del Mundo de Vela Olímpica Santander 2014ˮ; la disposición adicional tercera. Control de entidades de Administraciones Públicas no sujetas a auditoría; la disposición adicional cuarta.Modificación de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la disposición final segunda sobre "Modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercanteˮ; la disposición final tercera. Modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; la disposición final cuarta. Importaciones de productos de avituallamiento en las Islas Canarias que se destinen a suministro a determinados buques y aeronaves; y la disposición transitoria sobre aplicación de la modificación del citado Texto Refundido a las concesiones y autorizaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de dicha modificación, tienen carácter de ley ordinaria.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 310 de 27 de diciembre de 2013. Ref. BOE-A-2013-13644.


