Legislación › Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Disposición adicional quinta. Capacidad jurídica de los sujetos del Mercado Ibérico de la Electricidad.
Disposición adicional quinta. Capacidad jurídica de los sujetos del Mercado Ibérico de la Electricidad.
Se reconoce a los sujetos del sector eléctrico portugués capacidad para actuar en los mercados de energía eléctrica previstos en el Convenio Internacional relativo a la constitución de un Mercado Ibérico de la Energía Eléctrica entre el Reino de España y la República Portuguesa, de 1 de octubre de 2004, siempre que se encuentren comprendidos dentro de su artículo 3, y de acuerdo con la normativa vigente en España.
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