Legislación › Ley 9/2013, de 28 de noviembre, de Autoridad de Profesionales del Sistema Sanitario y de Servicios Sociales Públicos de Aragón.
Artículo 5. Promoción de la convivencia.
Artículo 5. Promoción de la convivencia.
El departamento competente en materia de sanidad y asuntos sociales establecerá medidas de promoción de la convivencia y, en particular, mecanismos de mediación para la resolución pacífica de conflictos que se puedan originar en los centros sanitarios y sociales del Gobierno de Aragón.


