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Legislación › Ley 9/2013, de 28 de noviembre, de Autoridad de Profesionales del Sistema Sanitario y de Servicios Sociales Públicos de Aragón.

Artículo 5. Promoción de la convivencia.

Artículo 5. Promoción de la convivencia.

El departamento competente en materia de sanidad y asuntos sociales establecerá medidas de promoción de la convivencia y, en particular, mecanismos de mediación para la resolución pacífica de conflictos que se puedan originar en los centros sanitarios y sociales del Gobierno de Aragón.

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