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Legislación › Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias.

Disposición adicional decimoquinta. Denominación de las entidades de crédito que hayan recibido su actividad financiera de cajas de ahorros.

Disposición adicional decimoquinta. Denominación de las entidades de crédito que hayan recibido su actividad financiera de cajas de ahorros.

Las entidades de crédito que hayan recibido, en todo o en parte, su actividad financiera de cajas de ahorros podrán utilizar en su actividad las marcas o nombres comerciales notorios o renombrados de dichas cajas de ahorros, siempre que sean titulares o cuenten con el consentimiento previo de la entidad titular de dichas marcas o nombres comerciales.

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