LexTotal

Legislación › Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias.

Disposición adicional duodécima. Federaciones de cajas de ahorros.

Disposición adicional duodécima. Federaciones de cajas de ahorros.

Las cajas de ahorros y las fundaciones bancarias, así como las entidades de crédito a ellas vinculadas, podrán agruparse por federaciones de ámbito territorial, con la finalidad de unificar su representación y colaboración con los poderes públicos territoriales, así como la prestación, en su caso, de servicios técnicos y financieros comunes a las entidades que abarque su ámbito.

← Disposición adicional undécima Índice Disposición adicional decimotercera →