Legislación › Orden IET/2446/2013, de 27 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas.
Disposición adicional primera. Obligación de mantenimiento de existencias estratégicas de seguridad.
Disposición adicional primera. Obligación de mantenimiento de existencias estratégicas de seguridad.
A los efectos del cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento de existencias estratégicas de seguridad, los comercializadores dispondrán del 1 al 15 de abril para adaptar anualmente su nivel de existencias a lo dispuesto en el Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos.


