LexTotal

Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.

Artículo 180. Sujetos pasivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de diciembre de 2012 y la del 31 de mayo de 2016. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 180. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa tas las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la evaluación ambiental de proyectos del anexo de los anexos I de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha. Mancha y de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de mayo de 2016 En vigor BOE-A-2016-6725 Leer Qué cambió
2 de diciembre de 2012 Texto original Leer

← Artículo 179 Índice Artículo 181 →