LexTotal

Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.

Artículo 184. Sujetos pasivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de diciembre de 2012 y la del 31 de mayo de 2016. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (37 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 184. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la evaluación de impacto ambiental de proyectos del anexo incluidos en los respectivos anexos II de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha. Mancha, y de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así como la de aquellos otros casos en que se impone una evaluación de impacto ambiental simplificada.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de mayo de 2016 En vigor BOE-A-2016-6725 Leer Qué cambió
2 de diciembre de 2012 Texto original Leer

← Artículo 183 Índice Artículo 185 →