Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
Artículo 247. Hecho imponible.
Artículo 247. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización por los órganos administrativos competentes, de los trámites necesarios para las autorizaciones administrativas de centros, servicios y establecimientos sanitarios, reguladas actualmente en el Decreto 13/2002, de 15 de enero, de autorizaciones administrativas de centros, servicios y establecimientos sanitarios.


