Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
Artículo 257. Cuota tributaria.
Artículo 257. Cuota tributaria.
La tasa se exigirá según las siguientes tarifas:
Tarifa 1. Obtención inicial de certificación técnico-sanitaria de ambulancias no asistenciales: 87,10 euros.
Tarifa 2. Obtención inicial de certificación técnico-sanitaria de ambulancias asistenciales: 129,22 euros.
Tarifa 3. Renovación de la certificación técnico-sanitaria de ambulancias no asistenciales: 66,04 euros.
Tarifa 4. Renovación de la certificación técnico-sanitaria de ambulancias asistenciales: 108,16 euros.


