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Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.

Artículos 375 a 378.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de diciembre de 2012 y la del 31 de mayo de 2016. Tachado: lo que se quitó (66 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 375. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por los órganos administrativos competentes, de los servicios relativos
Artículos 375 a la inscripción o, en su caso, renovación de la inscripción en el registro de formadores autorizados para impartir o colaborar en las acciones formativas derivadas del plan de formación de los empleados públicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 378.
(Suprimidos)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de mayo de 2016 En vigor BOE-A-2016-6725 Leer Qué cambió
2 de diciembre de 2012 Texto original Leer

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