Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
Artículo 348. Hecho imponible.
Artículo 348. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la autorización por los órganos administrativos competentes, de la celebración de espectáculos taurinos sometidos a autorización o el control administrativo inherente de los sometidos a comunicación previa o declaración responsable.


