Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
Artículo 379. Hecho imponible.
Artículo 379. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación por los órganos administrativos competentes, de los servicios administrativos relativos a la inserción obligatoria de anuncios en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.


