Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
Artículo 386. Hecho imponible.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de diciembre de 2012 y la del 1 de julio de 2021.
Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (0 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 386. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa:
a) La tramitación de expedientes de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha.
b) La cancelación de una inscripción a instancia de parte.
c) La expedición de certificaciones del Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha a instancia de parte.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de julio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-18038 | Leer | Qué cambió |
| 2 de diciembre de 2012 | Texto original | Leer |


