Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
Artículo 428. Devengo y pago.
Artículo 428. Devengo y pago.
La tasa se devenga en el momento de la presentación de la solicitud de expedición del título.
Se añade por el art. 10.3 de la Ley 3/2017, de 1 de septiembre. BOE-A-2017-11784


