Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
Artículo 61. Tarifas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de mayo de 2016 y la del 8 de febrero de 2022.
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Artículo 61. Tarifas.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 1. Por expedición de nueva autorización, copias certificadas, prórroga de autorización, expedición de duplicados, visado de autorizaciones de transporte: 28,00 euros.
Esta tarifa será aplicable tanto a la autorización de transporte como a cada una de las copias por vehículo.
Tarifa 2. Por rehabilitación de autorización de transporte público o privado complementario por carretera: 40,00 euros.
Tarifa 3. Por expedición de autorización de transporte regular temporal o de uso especial, independientemente del número de vehículos adscritos a las mismas: 35,00 euros.
Tarifa 4. Por transmisión de autorización de transporte, en cualquier clase de vehículos: 35,00 euros.
Tarifa 5. Por expedición del título o certificado de competencia profesional en materia de transporte, del título de consejero de seguridad para transporte, o certificación profesional equivalente e inscripción en el registro correspondiente: 40,00 euros. (Suprimida).
Tarifa 6. Por expedición del título o certificado de aptitud profesional de conductores (CAP) o certificación profesional equivalente e inscripción en el registro correspondiente: 12,00 euros.
Tarifa 7. Por reconocimiento y expedición del certificado de competencia profesional en transporte previstas en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, o por homologación con estudios de grado, formación profesional o certificados de profesionalidad: 50,00 euros.
Tarifa 8. Por derechos de participación en las pruebas de competencia profesional: 30,00 euros.
Tarifa 9. Por derechos de participación en las pruebas de consejeros de seguridad de mercancías peligrosas: 35,00 euros.
Tarifa 10. Por derechos de participación en las pruebas del certificado de aptitud profesional para conductores CAP: 25,00 euros.
Tarifa 11. Por expedición o renovación de tarjeta acreditativa de la aptitud profesional del conductor (CAP): 28,00 euros.
Tarifa 12. Por registro, personalización, expedición y entrega de tarjeta de tacógrafo digital: 45,00 euros.
Tarifa 13. Por expedición de certificados y autorizaciones para conductores de terceros países y otros exigibles: 25,00 euros.
Tarifa 14. Por ampliación o modificación de instalaciones en estaciones de autobuses: 300,00 euros. (Suprimida).
Tarifa 15. Por autorización de centro empresa para impartir cursos de formación de Certificados de Aptitud Profesional e inscripción en el registro correspondiente: 310,00 correspondiente, incluida la primera sucursal: 323,81 euros.
Tarifa 16. (Suprimida)
Tarifa 17. Por autorización de instalaciones puntuales para impartir cursos de formación de Certificados de Aptitud Profesional: 100,00 euros.
Tarifa 18. Por homologación de curso de formación inicial de Certificados de Aptitud Profesional e inscripción en el registro correspondiente: 125,00 euros. (Suprimida).
Tarifa 19. Homologación de curso de formación continua de Certificados de Aptitud Profesional e inscripción en el registro correspondiente: 100,00 euros. (Suprimida).
Tarifa 20. Por renovación de la homologación de curso de formación del Certificado de Aptitud Profesional CAP: 70,00 euros. (Suprimida).
Tarifa 21. Por ampliación o modificación de la autorización de centro de formación del CAP, ampliación o modificaciones de profesores, modificaciones de material móvil adscrito, o cualquier otra modificación de la autorización de centro: 50,00 euros.
Tarifa 22. Por otorgamiento, adjudicación y convalidación de concesiones administrativas (excepto de servicios públicos regulares de transporte): 60,00 euros. 22 a
Tarifa 23. Por otorgamiento, adjudicación y convalidación de concesiones administrativas de servicios públicos regulares de transporte, así como la ampliación o modificación de los tráficos de las mismas. La tasa base será la resultante de aplicar la siguiente fórmula T=((N/365)*P), donde: N es el sumatorio del número de kilómetros recorridos por los vehículos afectos a la concesión en todas las expediciones y para todos los itinerarios previstos en la concesión o en la ampliación solicitada a lo largo de un año; P Tarifa aplicable al valor medio de kilómetro s que recorren al día; P = 0,60 euros.
Tarifa 24. Por ampliación o modificación de concesiones de servicios públicos regulares referidas a revisión de tarifas base, ampliación o modificaciones de itinerarios y/o paradas, a instancia del concesionario: 40,00 euros.
Tarifa 25. Por modificaciones de expedientes y/u horarios (por cada línea o ruta), modificación de material móvil adscrito (por cada vehículo) a instancia del concesionario: 15,00 euros.
Tarifa 26. Por sellado y diligenciado de libros de rutas, libros de reclamaciones y por diligenciado para aplicación y entrada en vigor de cuadros de tarifas (excepto estaciones de autobuses): 20,00 euros.
Tarifa 27. Por diligenciado para aplicación de cuadros de horarios (por cada contrato de gestión de servicio público de transporte): 6,00 euros.
Tarifa 28. Por unificación de concesiones y establecimiento de concesiones zonales a instancia del interesado: 100,00 euros.
Tarifa 29. Por transmisión de la titularidad y cambio de forma jurídica de la empresa titular: 200,00 euros.
Tarifa 30. Por inspección y reconocimiento de instalaciones fijas o móviles, locales de actividades auxiliares y complementarias de transporte, centros de formación, levantamiento de actas de inauguración de concesiones o servicios, expedición de acta de constancia de hechos externos y realización de informes con datos de campo: 50,00 euros.
Tarifa 31. Por inspección de cursos de formación en materia de transporte: 60,00 euros.
Tarifa 32. Por elaboración de informe para el traslado, reubicación o retirada de marquesinas: 40,00 euros.
Tarifa 33. Por cada día adicional de inspección, reconocimiento o elaboración de informe: 50,00 euros.
Tarifa 34. Emisión de informe en relación a los datos que figuren en el Registro General de Transportistas y Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias de Transporte, en relación con datos referidospersona, autorización o empresa específica: 225,00 euros. 36.
Tarifa 35. Por elaboración de informes facultativos sin datos de campo: 40,00 euros.
TarifaPor expedición de certificados, acta de constancia de hechos, legalización, sellado, compulsa y diligenciado de documentos obligatorios: 7,00 euros. (Suprimidas).
Tarifa 37. Por comunicación de la celebración de cursos de formación de conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera: formación inicial CAP: 35,00 euros.
Tarifa 38. Por comunicación de la celebración de cursos de formación de conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera: formación continua CAP: 25,00 euros.
Tarifa 39. Por modificación de la comunicación de celebración y desarrollo de un curso de formación de conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera CAP: 18,00 euros. (Suprimida).
Tarifa 40. Por visado, validación e inscripción en el registro correspondiente de cursos de formación de conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera: formación inicial CAP: 30,00 euros.
Tarifa 41. Por visado, validación e inscripción en el registro correspondiente de cursos de formación de conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera: formación continua CAP: 20,00 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de febrero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-4919 | Leer | Qué cambió |
| 31 de mayo de 2016 | BOE-A-2016-6725 | Leer | Qué cambió |
| 2 de diciembre de 2012 | Texto original | Leer |


