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Legislación › Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.

Artículo 67. Hecho imponible.

Artículo 67. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la realización por los órganos administrativos competentes, de las actuaciones que permitan garantizar el correcto funcionamiento del servicio de inspección técnica de vehículos.

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