Legislación › Real Decreto 127/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales.
Artículo 51. Empleados.
Artículo 51. Empleados.
1. El Colegio dispondrá de los empleados suficientes para el adecuado funcionamiento de los distintos servicios encomendados y demás funciones administrativas.
2. Su relación laboral se regirá, en lo no previsto especialmente, por el convenio colectivo correspondiente y supletoriamente por el Estatuto de los Trabajadores.
3. Su contratación, con arreglo a criterios de selección objetiva, se decidirá por la Junta de Gobierno y será suscrita por el Secretario General que ostentará el cargo de Jefe de Personal.
4. La contratación de personal adscrito a las Delegaciones Territoriales o Autonómicas será decidido por la Junta de Gobierno, a propuesta de la Junta de Gobierno Territorial o Del Decano Territorial y será suscrita por el Secretario General.
5. Dependerán para todos los efectos del Secretario, que ostentará el cargo de Jefe de Personal.


