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Legislación › Ley 1/2013, de 4 de marzo, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de La Rioja.

Disposición transitoria primera. Comisión Gestora.

Disposición transitoria primera. Comisión Gestora.

La Asociación Profesional de Ingenieros e Ingenieros Técnicos en Informática de La Rioja creará la Comisión Gestora, que en el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta ley:

a) Elaborará y aprobará unos estatutos provisionales que regularán necesariamente la participación y el funcionamiento de la Asamblea Constituyente y su convocatoria.

b) Convocará la Asamblea Constituyente para garantizar la participación en la misma de los profesionales que ejerzan en La Rioja y reúnan los requisitos para incorporarse al Colegio.

c) Elaborará un anteproyecto de Estatuto definitivo para someter a la consideración de la Asamblea Constituyente.

Dicha Comisión Gestora actuará como órgano de gobierno provisional en los términos previstos en este régimen transitorio.

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