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Legislación › Ley 4/2013, de 4 de marzo, de Creación del Colegio Profesional de Educadores Sociales de La Rioja.

Disposición transitoria tercera. Comisión de Habilitación.

Disposición transitoria tercera. Comisión de Habilitación.

Se creará una Comisión de Habilitación integrada por tres miembros de la Comisión Gestora y tres miembros de la UNED-La Rioja, designados por la consejería competente en Educación. La Comisión de Habilitación tendrá sus normas de funcionamiento interno, aprobadas por sus propios miembros, y podrá habilitar a los profesionales que soliciten su incorporación al Colegio, no cumplan los requisitos del artículo 3 y satisfagan alguno de los supuestos contemplados en la disposición transitoria cuarta.

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