Legislación › Orden AAA/458/2013, de 11 de marzo, por la que se establece la norma técnica fitosanitaria que deben cumplir los embalajes de madera y se regula el régimen de autorización y registro de los operadores de embalajes de madera.
Artículo 4. Presentación de las solicitudes y documentación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de julio de 2013 y la del 9 de enero de 2020.
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Artículo 4. Presentación de las solicitudes y documentación.
1. Los interesados deberán presentar una solicitud dirigida a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de acuerdo con el modelo normalizado de solicitud establecido en el anexo II, disponible en la página web del Ministerio.
2. Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ministerio de Agricultura, Alimentación y medio Ambiente, directamente o por vía electrónica, conforme a través de cualquiera de los medios previstos lo previsto en el artículo 38.4 14.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, 39/2015, de Régimen Jurídico 1 de las Administraciones Públicas y octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrán presentarse por medios electrónicos. Común de las Administraciones Públicas.
3. A la solicitud de autorización se deberá adjuntar el justificante original del ingreso de la tasa correspondiente, y, para acreditar el cumplimiento de las condiciones establecidas en esta orden, acompañar informe de control al respecto efectuado por un organismo independiente de control que se ajuste a lo previsto en el artículo 12.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-282 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2013 | Texto original | Leer |


