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Legislación › Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias.

Artículo 21. Garantías en materia de residuos y autorizaciones ambientales integradas.

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Artículo 21. Garantías en materia de residuos y autorizaciones ambientales integradas.
Las administraciones titulares de los servicios públicos y entes del sector público instrumental de cualquier administración pública, incluidas las sociedades mercantiles públicas, como también sus concesionarios directos para la explotación de instalaciones públicas de gestión de residuos sometidas a autorización administrativa que tengan constituida garantía en función de su título concesional, quedan exentas de constituir las garantías previstas en materia de residuos y en materia de autorizaciones ambientales integradas ante la administración competente. (Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2016 En vigor BOE-A-2016-824 Leer Qué cambió
30 de noviembre de 2012 Texto original Leer

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