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Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, por la que se crea y se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
En vigor Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 8 de abril de 2013 · Último cambio el 8 de abril de 2013 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Órganos competentes.
- Artículo 3. Documentos admisibles.
- Artículo 4. Presentación de documentación complementaria.
- Artículo 5. Acreditación de la identidad y de la representación.
- Artículo 6. Canales y requisitos de acceso al Registro Electrónico.
- Artículo 7. Entrega de documentos y cómputo de plazos.
- Artículo 8. Anotaciones en el Registro Electrónico.
- Artículo 9. Acuse de recibo.
- Artículo 10. Interoperabilidad del Registro Electrónico e información estadística.
- Artículo 11. Sistema de presentación de propósito general.
- Artículo 12. Responsabilidad.
- Artículo 13. Información a los interesados.
- Artículo 14. Utilización de las lenguas oficiales.
- Disposición transitoria primera. Adaptación de aplicaciones informáticas y aprobación de Resoluciones.
- Disposición transitoria segunda. Organismos adheridos al Registro Electrónico.
- Disposición transitoria tercera. Utilización de plataformas horizontales conectadas al Registro Electrónico por los Organismos públicos con registro electrónico propio.
- Disposición transitoria cuarta. Registros electrónicos auxiliares.
- Disposición transitoria quinta. Utilización del registro por determinados centros del Ministerio de Economía y Competitividad.
- Disposición derogatoria única. Derogaciones normativas.
- Disposición final primera. Solicitudes, escritos y comunicaciones procedentes del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


