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Legislación › Orden HAP/566/2013, de 8 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico Común.

Disposición transitoria única. Acceso al Registro Electrónico Común.

Disposición transitoria única. Acceso al Registro Electrónico Común.

En tanto no se produzca la entrada en funcionamiento de la sede electrónica del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado, el acceso al Registro Electrónico Común estará disponible en la sede electrónica del portal nacional de ciudadanos y empresas (sede.060.gob.es.), y en el propio portal (www.060.es).

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