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Legislación › Ley 5/2013, de 12 de abril, para la defensa de los consumidores en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 41. Reparación de daños.

Artículo 41. Reparación de daños.

Los consumidores, en el marco de la legislación vigente, tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios demostrados que el consumo de bienes o la utilización de productos o servicios les ocasionen, salvo que aquellos daños y perjuicios estén causados por su culpa exclusiva o por la de personas de las que deban responder civilmente.

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