Legislación › Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
Disposición transitoria segunda. Régimen de los procesos en tramitación a la entrada en vigor de esta Ley.
Disposición transitoria segunda. Régimen de los procesos en tramitación a la entrada en vigor de esta Ley.
A los procesos que estuvieran en trámite a la entrada en vigor de la presente ley no serán de aplicación las modificaciones introducidas en el artículo segundo. Estos procesos se sustanciarán, hasta que recaiga decreto o sentencia, conforme a la legislación procesal anterior.
← Disposición transitoria primera Índice Disposición final primera →


