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Legislación › Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.

Artículo 12. Ordenación del territorio y urbanismo.

Artículo 12. Ordenación del territorio y urbanismo.

Los instrumentos de ordenación del territorio y los planes urbanísticos habrán de ser objeto de difusión a través del Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, en el que se habrán de publicar los siguientes datos:

a) La estructura general de cada municipio.

b) La clasificación y calificación del suelo.

c) La ordenación prevista para el suelo, con el grado de detalle adecuado.

d) Las infraestructuras planteadas en cada localidad.

e) La normativa urbanística.

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