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Legislación › Real Decreto 425/2013, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de España y se modifica parcialmente el Real Decreto 344/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Disposición adicional tercera. No incremento del gasto público.

Disposición adicional tercera. No incremento del gasto público.

La aplicación de lo dispuesto en el presente real decreto no implicará incremento del gasto público, siendo asumidas las funciones y los gastos que se originen por los recursos humanos y medios materiales de los que dispone TURESPAÑA.

Respecto a la composición del Consejo Asesor de Turespaña, los miembros del mismo que excedan de los límites previstos en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades, y sus normas de desarrollo, no tendrán derecho a ningún tipo de indemnización, ni siquiera de gastos de viaje o dietas de los previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

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