Legislación › Real Decreto 427/2013, de 14 de junio, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas superiores de Música y de Danza.
ANEXO IV
ANEXO IV
Materias de los estudios superiores de Música y de Danza establecidos en el artículo 54 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que puede impartir el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas
a) Materias vinculadas a los estudios de Música
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Especialidad |
Materia |
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Fundamentos de composición. |
Lenguajes y técnicas de la música. |
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Lenguaje musical. |
Lenguajes y técnicas de la música. |
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Acordeón. Arpa. Bajo eléctrico. Cante flamenco. Canto. Clarinete. Clave. Contrabajo. Dulzaina. Fagot. Flabiol i Tamborí. Flauta travesera. Flauta de pico. Gaita. Guitarra. Guitarra eléctrica. Guitarra flamenca. Instrumentos de cuerda pulsada del renacimiento y barroco. Instrumentos de púa. Oboe. Órgano. Percusión. Piano. Saxofón. Tenora i Tible. Trombón. Trompa. Trompeta. Tuba. Txistu. Viola. Viola da gamba. Violín. Violonchelo. |
Formación instrumental complementaria. |
b) Materias vinculadas a los estudios de Danza
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Especialidad |
Materia |
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Cante flamenco. |
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Danza española. |
Técnicas de la danza y movimiento. |
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Danza clásica. |
Técnicas de la danza y movimiento. |
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Danza contemporánea. |
Técnicas de la danza y movimiento. |
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Flamenco. |
Técnicas de la danza y movimiento. |
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Guitarra flamenca. |
* |
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Lenguaje musical. |
Música y lenguajes sonoros aplicados a la danza. |
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Piano. |
* |
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Repertorio con piano para danza. |
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* A determinar por las Administraciones educativas.


