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Legislación › Ley 3/2013, de 28 de mayo, de integración de los inmigrantes en la sociedad de Castilla y León.

Artículo 23. Planes y programas.

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Artículo 23. Planes y programas.
1. La Administración de la Comunidad de Castilla y León elaborará un plan estratégico plurianual en el que se establecerán el marco, los programas, las directrices, los mecanismos de evaluación y las líneas de actuación para la consecución de la plena integración económica, social y cultural de los inmigrantes a que se extiende el ámbito subjetivo de esta ley, sin perjuicio de que puedan incluirse en él medidas dirigidas a los extranjeros no comprendidos en este.
2. La Administración de la Comunidad de Castilla y León apoyará y fomentará los planes o programas de integración de inmigrantes que pongan en marcha las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, en función de las competencias que les corresponden.
3. El Plan estratégico plurianual tendrá una duración de cuatro años y será informado previamente a su aprobación por el Consejo de Coordinación de la Inmigración órgano sectorial de Castilla participación y León. La ejecución de dicho plan tendrá unas evaluaciones coordinación al que hace referencia el artículo 32 de carácter anual. esta ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de septiembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-9959 Leer Qué cambió
6 de junio de 2013 Texto original Leer

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