Legislación › Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias.
Artículo 14. Incentivos económicos y fiscales.
Artículo 14. Incentivos económicos y fiscales.
Los proyectos de renovación edificatoria de los establecimientos turísticos en Canarias tendrán el carácter de actividad estratégica a los efectos de acogerse al programa de incentivos referido en los artículos anteriores o los que puedan determinarse.
El Gobierno de Canarias, en colaboración, en su caso, con los cabildos insulares y los ayuntamientos afectados, elaborará un programa plurianual de inversiones públicas en las áreas turísticas a renovar definidas en la disposición adicional tercera de esta ley.


