Legislación › Resolución de 6 de junio de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting.
Artículo 82.
Artículo 82.
Corresponde a la Asamblea General de la Federación, en sesión extraordinaria convocada al efecto, la modificación y aprobación de los Estatutos.
La propuesta de modificación de los Estatutos a la Asamblea General podrá ser realizada:
a) Por el Presidente de la Federación.
b) Por el 20% de los miembros de la Asamblea General.
c) Por la Comisión Delegada.


