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Legislación › Resolución de 6 de junio de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting.

Artículo 82.

Artículo 82.

Corresponde a la Asamblea General de la Federación, en sesión extraordinaria convocada al efecto, la modificación y aprobación de los Estatutos.

La propuesta de modificación de los Estatutos a la Asamblea General podrá ser realizada:

a) Por el Presidente de la Federación.

b) Por el 20% de los miembros de la Asamblea General.

c) Por la Comisión Delegada.

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