Legislación › Resolución de 25 de junio de 2013, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, sobre prestación económica en la situación de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros de la Carrera Fiscal.
Tercera. Supuestos excepcionales y debidamente justificados.
Tercera. Supuestos excepcionales y debidamente justificados.
A los efectos previstos en el apartado primero de esta resolución se considerarán como excepcionales y debidamente justificados para los integrantes de la Carrera Fiscal, los supuestos excepcionales, que dan lugar a una situación de incapacidad por contingencias comunes, establecidos para la Carrera Judicial en la Instrucción 1/2013 aprobada por Acuerdo de 12 de junio de 2013, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, así como los que en el futuro puedan ser objeto de establecimiento.


