Legislación › Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.
Artículo 8. Financiación de los suplementos de crédito.
Artículo 8. Financiación de los suplementos de crédito.
Los suplementos de crédito que se conceden en el presente Real Decreto-ley se financiarán con deuda pública.


