Legislación › Orden HAP/1229/2013, de 1 de julio, por la que se aprueban las normas de cumplimentación del documento administrativo electrónico interno y el modelo 525 "Documento de acompañamiento de emergencia interno", relativos al amparo de la circulación de productos objeto de los impuestos especiales de fabricación.
II.
II. Instrucciones para la cumplimentación del mensaje de anulación
El procedimiento de circulación al amparo de un e-DA prevé que el documento administrativo electrónico pueda anularse pero siempre que no haya comenzado la circulación. La anulación del e-DA se ha de realizar a través de un mensaje que contiene los siguientes datos:
1. Atributo
Este grupo de datos no se cumplimentará y serán facilitados por la AEAT tras la aceptación del mensaje de anulación.
1a. Fecha de validación.
1b. Hora de validación.
1c. Código Seguro de Verificación (CSV).
2. Documento
Grupo de datos obligatorio.
2a. ARC.
Obligatorio.
Se indicará el ARC del documento administrativo electrónico (e-DA) para el que se solicita la anulación.
3. Anulación
Grupo de datos obligatorio.
3a. Razón de la Anulación.
Obligatorio.
Se indicará uno de los siguientes valores:
|
Valores |
Descripción |
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0 |
Otro. |
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1 |
Error tipográfico. |
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2 |
Operación comercial interrumpida. |
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3 |
e-DA duplicado. |
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4 |
La circulación no se ha iniciado en la fecha de expedición. |
3b. Información complementaria.
Opcional.
Se consignará cualquier información adicional relativa a la razón de la anulación.


