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Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 5 de julio de 2013 · Último cambio el 5 de julio de 2013 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- Artículo primero. Modificación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Artículo segundo. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
- Disposición adicional primera. Declaración de obligaciones de servicio público.
- Disposición adicional segunda. Cambios de denominación.
- Disposición adicional tercera. Certificados de competencia profesional.
- Disposición adicional cuarta. Coordinación del Registro de Empresas y Actividades de Transporte con otros Registros.
- Disposición adicional quinta. Registro de los títulos y licencias habilitantes para la realización de transporte por ferrocarril.
- Disposición adicional sexta. Acción directa contra el cargador principal en los supuestos de intermediación.
- Disposición transitoria primera. Servicios regulares de transporte de viajeros por carretera de uso general con un bajo índice de utilización y servicios regulares temporales.
- Disposición transitoria segunda. El Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
- Disposición transitoria tercera. Equipamiento informático de las empresas y comunicaciones electrónicas.
- Disposición transitoria cuarta. Realización de oficio del visado de las autorizaciones reguladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. El Reglamento de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Disposición final segunda. Títulos competenciales.
- Disposición final tercera. Autorización para elaborar un texto refundido de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


