Legislación › Ley 3/2013, de 20 de mayo, de impulso y ordenación de las infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia.
Artículo 28. Sujetos responsables.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de julio de 2013 y la del 12 de abril de 2014. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 28. Sujetos responsables.
1. Serán sancionadas por las infracciones administrativas tipificadas en esta ley las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de las mismas, incluso a título de mera inobservancia.
2. En particular, serán responsables de las infracciones tipificadas como graves las personas físicas o jurídicas que se indican a continuación:
a) En los supuestos de incumplimiento de las condiciones de utilización e instalación de las infraestructuras de telecomunicaciones y redes públicas de comunicaciones electrónicas que se establezcan en la planificación sectorial que resulte de aplicación, serán responsables las personas físicas o jurídicas titulares de las instalaciones y/o los operadores que exploten redes y/o presten servicios de comunicaciones electrónicas.
b) Respecto del incumplimiento de las obligaciones de información para la ordenación de infraestructuras, será responsable la persona física o jurídica, pública o privada, que no facilite la información requerida.
c) En los casos de incumplimiento de las obligaciones de coubicación y uso compartido de las infraestructuras de telecomunicaciones, serán sujetos responsables los operadores que exploten redes y/o presten servicios de comunicaciones electrónicas que cometan dicha infracción.
3. Los que, como consecuencia de una infracción tipificada en esta ley, hubiesen sufrido daños o perjuicios podrán exigir de cualquiera de los infractores, con carácter solidario, su resarcimiento e indemnización.
4. Las sanciones que se impongan a los distintos sujetos por una misma infracción tendrán entre sí carácter independiente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de abril de 2014 En vigor | BOE-A-2014-3945 | Leer | Qué cambió |
| 7 de julio de 2013 | Texto original | Leer |


