Legislación › Ley 5/2013, de 30 de mayo, de fomento de la investigación y de la innovación de Galicia.
Artículo 11. Contenido mínimo del Plan gallego de investigación e innovación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de septiembre de 2013 y la del 1 de enero de 2020.
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Artículo 11. Contenidos mínimos Contenido mínimo del Plan gallego de investigación e innovación.
1. El Plan gallego de investigación e innovación establecerá, de acuerdo con las circunstancias de cada momento, los diferentes programas programas, ejes prioritarios, retos u otro tipo de organización en torno a los cuales se estructurarán los procesos de investigación, de transferencia, valorización e innovación que se desarrollarán en la Comunidad Autónoma de Galicia en el período de tiempo definido en el propio plan y según los requerimientos evolutivos específicos del momento de su elaboración.
2. El Plan gallego de investigación e innovación recogerá los siguientes contenidos mínimos: incluirá, como mínimo:
a) Un análisis de la situación de partida de los principales aspectos e indicadores relacionados con la investigación y la innovación en el contexto gallego, y de su relación con estos en el ámbito estatal e internacional. Se incluirá un análisis de la evolución y cumplimiento del plan precedente. gallego.
b) Una descripción de los objetivos generales de la planificación prevista y de los objetivos operativos y prioridades de las diferentes áreas o programas de actuación en particulares que se estructure el plan, que deberán estar orientados a la especialización inteligente pretenden alcanzar y sus indicadores de Galicia seguimiento y formulados en términos que permitan la evaluación de su nivel de consecución como resultado de la ejecución de las actuaciones previstas. resultados.
c) Una relación de las prioridades científicas, técnicas y sociales que se deben abordar, con el detalle en cada caso de Los agentes, entre los objetivos y resultados deseables que se pretende alcanzar en relación con cada una de ellas, en términos que permitan una posterior evaluación de la evolución de su consecución. encuentran las
d) El período de vigencia del plan será de cinco años con carácter general. No obstante, podrá establecerse un período de vigencia inferior, con la debida motivación de las razones que lo justifiquen.
e) La planificación y descripción priorizada de las actividades, que se desarrollarán agrupadas por áreas o programas de actuación, con la justificación de su pertinencia en relación con los objetivos definidos y, cuando sea oportuno, de su relación conestrategias o programas estatales o europeos, y el análisis de su rentabilidad económica, social y científica, de universidades, los agentes del Sistema gallego organismos públicos de investigación e innovación implicados en su desarrollo según el rol que desempeñen y de las vías para su logro. otros organismos de
f) La propuesta de las estructurascooperación público-privada más adecuadas, para favorecer la consecución de los objetivos del plan de acuerdo con las estrategias y políticas que se promoverán en su período de vigencia. I+D+i, como los
g) La valoración de los gastos correspondientes a cada una de las acciones descritas enprogramas y presupuestos previstos para cada uno de ellos, y la especificación de centros tecnológicos o las operaciones corrientes y de capital. empresas.
h) d) Los mecanismos necesarios para el control de la correcta aplicación de los fondos presupuestados y la difusión criterios de las conclusiones obtenidas. articulación del plan con
i) La financiación previstacargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma, las demás aportaciones estatales o comunitarias políticas sectoriales, autonómicas, nacionales y las de entidades de carácter público o privado. comunitarias, para
j) Los indicadores o métodosrealizar el seguimiento de lograr la ejecución y eficacia de las acciones previstas, de los programas eficiencia en que se agrupan y del propio plan, con indicación del alcance el sistema y modo en que esta información se va a difundir entre los agentes interesados evitar redundancias y la sociedad en general. carencias.
k) e) Los ejes prioritarios de la actuación, que contendrán análisis y medidas relativas a la modernización del ámbito financiero, al desarrollo de mercados innovadores, a las personas, a la internacionalización de las actividades innovadoras costes previsibles para su realización y a la cooperación territorial como base fundamental de la innovación. las
l) El diseño de instrumentos que faciliten el acceso deempresas innovadoras a la financiación de sus actividades y proyectos mediante la promoción de líneas específicas a estos efectos y el fomento de la inversión privada en empresas innovadoras. fuentes de
m) El apoyo a la participación de entidades gallegas en programas europeos e internacionales, y el impulso de instrumentos conjuntos en el ámbito de la Unión Europea para proteger la propiedad industrial e intelectual.
Las convocatorias de ayudas a la innovación incorporarán, entre sus criteriosevaluación, la valoración del impacto internacional previsto por los proyectos. financiación.
n) f) El desarrollo de programas de incorporación a las empresas de doctores y tecnólogos y de gestores de transferencia de conocimiento ligados a grupos de investigación dedicados a proteger y a transferir la propiedad industrial e intelectual generada por la investigación período temporal de excelencia. vigencia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-1849 | Leer | Qué cambió |
| 17 de septiembre de 2013 | Texto original | Leer |


