Legislación › Real Decreto 397/2013, de 7 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ingeniería.
Artículo 33. Otros instrumentos.
Artículo 33. Otros instrumentos.
La Academia podrá dotarse de cuantos instrumentos considere convenientes para desarrollar sus fines fundacionales y estatutarios. En particular, podrá crear o participar en Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.


