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Legislación › Real Decreto 397/2013, de 7 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ingeniería.

Artículo 36. Aprobación y modificación del Reglamento de Régimen Interior.

Artículo 36. Aprobación y modificación del Reglamento de Régimen Interior.

1. El Reglamento de Régimen Interior se aprobará por el Pleno, a propuesta de la Junta de Gobierno.

2. La iniciativa para la modificación del Reglamento de Régimen Interior corresponde al Pleno, a la Junta de Gobierno o la Comisión de Gobierno. En todo caso, la Junta de Gobierno, una vez la haya estudiado, someterá la modificación a la aprobación del Pleno.

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