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Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para el empleo y la protección social de las personas desempleadas.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 26 de enero de 2013 · Último cambio el 7 de octubre de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Prórroga del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. 2 redacciones · cambió el 11/08/2017
- Artículo 2. Reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas necesarias para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria en favor de los trabajadores eventuales agrarios de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura, afectados por el descenso de producción del olivar como consecuencia de la sequía.
- Artículo 3. Ampliación del plazo para la reposición del derecho a la prestación por desempleo.
- Artículo 4. Ampliación del plazo que permite efectuar contratos para la formación y el aprendizaje no vinculados a certificados de profesionalidad o títulos de formación.
- Disposición adicional primera. Financiación de la ayuda para la recualificación profesional de las personas que agoten la protección por desempleo.
- Disposición adicional segunda. Prórroga automática del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. 3 redacciones · cambió el 07/10/2017
- Disposición transitoria única. Solicitudes del subsidio por desempleo o de la renta agraria presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
- Disposición final segunda. Modificación del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo.
- Disposición final tercera. Modificación de disposiciones reglamentarias.
- Disposición final cuarta. Facultades de desarrollo. 2 redacciones · cambió el 11/08/2017
- Disposición final quinta. Título competencial.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- [firma]


