Legislación › Ley 5/2013, de 19 de junio, de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León.
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el Boletín oficial de Castilla y León, a excepción de:
a) Lo dispuesto en el Título III, que entrará en vigor en el momento de la publicación del mandato previsto en la Disposición final cuarta.
b) Lo dispuesto en la Disposición final tercera, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».


